Cotos de caza en Madrid

Cotos de caza en Madrid

marzo 3, 2020 0 Por Montero

La caza es una actividad que, en la actualidad es practicada en muchos países europeos, siendo España uno de los países de esta zona que está a la vanguardia en esta actividad. Una de las comunidades españolas donde más es practicada es la Comunidad de Madrid. Es en este lugar donde puedes disfrutar esta actividad tranquilamente dentro de los cotos de caza en Madrid.

La caza se divide en caza menor y caza mayor, pudiéndose realizar ambas en esta comunidad española. Cuando hablamos de caza menor, nos referimos al tipo de caza que se ejecuta sobre animales pequeños. Además es realizada a pie y con la ayuda de perros. Sin embargo, la caza mayor es aquella que se efectúa sobre animales de mayor tamaño. Generalmente se practica en forma de rececho y la batida (o montería).

Cotos de caza en Madrid

Es importante tener en cuenta que, la normativa implementada en esta comunidad española va a variar en función del tipo de caza que se desea hacer así como del tipo de animal que se va a cazar. Además es importante señalar que, de acuerdo con esta normativa, la caza es aceptada con la finalidad de impedir la proliferación excesiva de las especies, que a su vez pueda traer consecuencias como el desarrollo de determinadas enfermedades.

¿Qué es un coto de caza?

Cuando hablamos de coto de caza, nos referimos a un espacio o territorio limitado dedicado exclusivamente para la caza. Es decir, se trata de un área delimitada en la que se permite la caza deportiva. Generalmente estas áreas cuentan con unas reglas o condiciones establecidas por los líderes.

Disponen de un marcado o paso implantado, llamado reserva, que permite marcar la división de un territorio o propiedad. En la mayoría de los casos están hechas de piedra, de manera tal que puedan sobrevivir al paso del tiempo.

Fecha de actividad de los cotos de caza

Como ya sabemos, son áreas que cuentan con una licencia para cazar. Por lo general están abiertas desde el 1 de septiembre hasta el 15 de abril o durante todo el año. Principalmente se enfocan en la caza de faisanes de cuello redondo, codorniz blanca, chukar y perdiz húngara, así como patos silvestres e incluso pavos salvajes.

Algunos tipos de cotos se han especializado en determinadas especies. Sin embargo, dependiendo de tus necesidades, es que debes conocer bien los cotos de caza en Madrid. Además, tomar en cuenta las fechas en que te permitirán acceder a estos territorios.

Características de los coto de caza

Para que un coto se convierta en una reserva de caza exitosa, debe cumplir con un conjunto de condiciones o características. Dentro de estas podemos mencionar: contar con buenos pájaros y perros de caza entrenados. Tampoco hay que olvidar guías en excelentes condiciones así como una buena cobertura vegetal, la cual puede ser tanto natural como plantada.

Tipos de cotos de caza

Existen dos tipos de cotos de caza, que son los comerciales y los no comerciales. Cuando hablamos de reservas o cotos comerciales, nos referimos a aquellos espacio dedicados a la caza que solo pueden ser de membresía, tarifa diaria o ambas. Su único propósito es el de generar ganancia al propietario u operador.En el caso de las reservas de caza no comerciales, se trata de aquellos cotos en los que se puede cazar pero sin fines de lucro, manteniendo la calidad.

Cotos de caza en Madrid

En la actualidad, los cotos de caza en Madrid son privados, bien sea de caza mayor y/o caza menor. En algunos de caza menor de pelo, que no son muy frecuentes. Generalmente se hace necesario realizar la respectiva solicitud, si lo que desea es crear, cambiar de titular, ampliar o reducir un coto. E incluso para el cambio de aprovechamiento o modificación de superficie de los cotos de caza.

Cotos de caza en Madrid

Un ejemplo de estos cotos, lo constituye el que se encuentra ubicado en Tébar Cuenca, el cual se encuentra a una hora y media de Madrid. En la actualidad se encuentra disponible para la cacería de perdices. Tiene un costo de 100 euros. Se caracteriza por ser de monte bajo, siembras y carrasca, además incluye casa para cazadores.

Cabe destacar que, en los cotos ubicados en la comunidad madrileña, solo cuenta con permiso la caza de las siguientes especies: codorniz, conejo, liebre, corneja, estornino pinto, faisán, perdiz roja, paloma zurita entre otras especies de caza menor. En el caso de las especies de caza mayor, tenemos: cabra montés, ciervo, corzo, gamo, jabalí y muflón.

Armas prohibidas en los cotos de Madrid

Debido a los accidentes que pudieran presentarse durante una cacería se decidió en la Comunidad de Madrid el uso de determinadas armas para la realización de esta actividad. Es necesario, que aunque se trate de un deporte, mantener al margen los accidentes que puedan ocurrir.

Dentro del grupo de armas que se decidió prohibir, podemos mencionar: queda terminantemente prohibido el uso y posesión de todas aquellas armas automáticas o semiautomáticas, que se caracterizan por poseer un cargador dispuesto con más de dos cartuchos y uno en la recámara, las que funcionan con aire comprimido, las armas de fuego largas rayadas que son utilizadas principalmente para tiro deportivo.

También quedan incluidas las de calibre 5,6 milímetros de percusión anular, así como las provistas de silenciador o de visor utilizadas principalmente para el tiro nocturno. Además, todas aquellas que en su accionar utilicen proyectiles cargados con sustancias paralizantes, con la excepción de las que son utilizadas para llevar a cabo las capturas en vivo que previamente han sido autorizadas en lo que se conoce con el nombre de Plan de Aprovechamiento Cinegético.

Es importante tener en cuenta que, no solo quedan prohibidas determinadas armas, sino también algunos proyectiles. Se incluyen mayormente los que son introducidos en cartuchos en número de dos (pares) o más. Y que además cuentan con un peso unitario que es igual o mayor a 2,5 gramos. Con lo cual su diámetro estaría por encima de los 7,5 milímetros, mejor conocidos como «postas».

Esta normativa señala que durante la realización de cualquier actividad cinegética, el cazador es responsable de cualquiera de sus actos así como también está en la obligación de recoger cada una de las vainas de los cartuchos así como de las balas que ha utilizado.